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November 15, 2024

Estados Unidos expande entrevistas a solicitantes de asilo para familiares

Washington, 30 nov (EFE).- El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) emitió un memorando que ordena la expansión de las entrevistas personales para los refugiados o asilados que soliciten el estatus para sus familiares a través de la forma I-730, informó este lunes la agencia.

“Estas entrevistas adicionales darán la oportunidad de evaluar la credibilidad del solicitante, apoyando nuestra misión de detectar y evitar fraude y riesgos o daño para Estados Unidos, y asegurar la integridad del sistema de inmigración”, señaló USCIS en un comunicado. Añadió que los requisitos de elegibilidad para los beneficios de la Forma I-730 siguen siendo los mismos.

La agencia refirió que históricamente ha requerido entrevistas a todos los beneficiarios de la I-730 que residen fuera de Estados Unidos, y que en 2018 comenzó a requerir entrevistas a los beneficiarios dentro de Estados Unidos. “Sin embargo, hasta ahora solo hemos entrevistado solicitantes sobre una base caso por caso cuando no podíamos resolver dudas sobre la elegibilidad entrevistando solo al beneficiario”, añadió.

“La expansión de las entrevistas en persona proporcionará una capa adicional de revisión para asegurar la autenticidad de la relación familiar”, apuntó.

De acuerdo con la nueva directiva, USCIS instrumentará la expansión de las entrevistas en fases, dependiendo de si los peticionarios y beneficiarios están dentro o fuera de Estados Unidos. La primera fase involucrará a solicitantes y beneficiarios que estén dentro de Estados Unidos.

La agencia señaló que dará aviso público antes de la instrumentación de cada fase.

Explicó que un extranjero que ha sido admitido en Estados Unidos como un refugiado principal o asilado principal puede llenar una Forma I-730 en nombre de un cónyuge o hijo. Los cónyuges o hijos no casados que sean elegibles pueden recibir el estatus de refugiado o asilado como beneficiarios de la Forma I-730.

Añadió que los beneficiarios no tienen que calificar independientemente como asilados o refugiados, sino que reciben el estatus por su relación con el solicitante.